LA NUEVA LOPDGDD
Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esta nueva normativa de protección de datos deroga la anterior Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) de 1999 y enlaza con la normativa de europea de protección datos.
El nombre de la nueva es un poco más largo: Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).
Tras dos años de intensos trabajos, no exentos de polémica, los españoles ya tienen una norma que además regula en su título X, diecisiete nuevos derechos digitales.
La nueva Ley Orgánica está estructurada en 97 artículos, 22 disposiciones adicionales, un disposición derogatoria única, 6 transitorias y 16 finales que pretende ofrecer la seguridad jurídica adecuada para aquellos conceptos que no quedaban claro tras la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) el pasado 25 de mayo en toda Europa.
Esta nueva norma, que suprime la anterior LOPD de 1999 y el RDL de medidas urgentes que el Ministerio de Justicia convalidó en el Parlamento para evitar un vacío legislativo hasta que esta nueva LOPDGDD se aprobara.
A continuación, expondremos de forma clara y mediante esquemas lo más destacado que nos trae la nueva LOPDGDD:
Este servicio se realiza en colaboración con los expertos profesionales en cumplimiento normativo de AUDITDATA.
REGLAMENTO GENERAL PROTECCIÓN DE DATOS
El Reglamento comunitario nº 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) es la norma de mayor relevancia que se ha adoptado en los últimos años en el ámbito de la privacidad. No obstante, las entidades disponen de un plazo de dos años desde la publicación del Reglamento para adaptarse a esta nueva norma. En concreto, resultará aplicable a partir del 25 de mayo de 2018.
La empresa AUDITDATA PROTECCION DE DATOS, S.L. cuenta con una amplia experiencia y conocimiento de todas las soluciones jurídicas que una empresa pueda necesitar respecto al tratamiento de datos de carácter personal.
Estamos preparados para asesorar a las empresas en su adaptación al nuevo marco regulatorio derivado del Reglamento Europeo de Protección de Datos.
Nos complace exponer a continuación el alcance de los servicios que le proponemos en el supuesto de que optase por la solución de adaptar su empresa y el sistema informático al RGPD, LOPDGDD y LSSI con nosotros.
Para garantizar la plena adaptación a la normativa de Protección de Datos, su asociación empresarial debe realizar este procedimiento completamente, según las pautas indicadas por nuestros gestores:
- EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN DE PARTIDA
El primer paso para la implantación del RGPD es el análisis de los procedimientos actuales de tratamiento de datos. Para ello solicitaremos la última auditoría (si la hubiera), así como también el Documento de Seguridad.
- ANÁLISIS DE LAS ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO
Nuestros gestores evaluarán la seguridad de los datos, los procesos que lleva a cabo la empresa con dichos datos y los posibles riesgos derivados, así como el cumplimiento normativo en este sentido de su organización.
- RESULTADO DE LOS ANÁLISIS Y ESTABLECIMIENTO DE UNA HOJA DE RUTA PARA LA IMPLANTACIÓN
Una vez identificados los riesgos y las obligatorias correcciones, se desarrollará una dirección en la que enfocar la implantación para incorporar los procedimientos obligados que nos marca el Reglamento y así poder cumplir con la norma y ofrecer una total seguridad en el tratamiento de los mismos. En resumen, se garantizará que los recursos de la entidad son suficientes para la consecución de este plan.
- IMPLANTACIÓN
El proceso de Implantación constará, dependiendo de la empresa de:
- Documentar e identificar las actividades de tratamiento de datos
- Realización de Evaluaciones de Impacto si fueran necesarias
- Desarrollo de procedimientos en respuesta a posibles violaciones de datos
- Diseño de procedimientos de información y atención a los titulares de los datos
- Redacción de la documentación necesaria como nuevas clausulas para los contratos de encargo de tratamiento
- Adaptación de los procesos informáticos al nuevo paradigma normativo
- Elaboración de una política detallada de protección de datos, así como de una definición de un estándar de cumplimiento
- Nombramiento de un Delegado de Protección de Datos si lo exigiera la norma, así como el establecimiento de sus funciones
- PUESTA A PRUEBA DE LA EFICACIA DE LOS PROCEDIMIENTOS
Se realizarán auditorías anuales con diversos requerimientos para saber si están correctamente implantados los procedimientos y la puesta a prueba de los mismos, poniendo en el punto de mira su adecuación total al Reglamento General de Protección de Datos.
Mejora continua de los procedimientos:
- Ejecución de revisiones periódicas
- Elaboración de nuevos procesos para nuevos tratamientos
- Revisiones periódicas de las necesidades de formación del personal de la entidad
- Evaluación de nuevas propuestas tecnológicas para la mejora de la seguridad
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